Resolución N° 380/18/0112
Nro de Expediente:
2016-0012-98-000123 3230-005632-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/10/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas otorgada por Res. No. 20/17/0112 de fecha 04/01/17, a la empresa BAR LAS FLORES SRL, RUT 217453620016 y autorizar nueva instalación modificando el metraje.

Montevideo, 19 de Octubre de 2018.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Juan Manuel Blanes No. 1164 y Bvar España No. 2051;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue autorizado a colocar mesas y sillas con entariamdo en acera 8.00 metros cuadrados y en calzada 15.00 metros cuadrados por Resolución No. 20/17/0112, de fecha 04 de enero de 2017, b) que la empresa presentó nota ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 a efectos de modificar el metraje de la autorización de colocación de mesas y sillas, c) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 solicita se deje sin efecto la autorización de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) Que la firma BAR LAS FLORES S.R.L., R.U.T. 217.453.620.016, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Juan Manuel Blanes No. 1164 y Bvar España No. 2051, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 8.21 metros cuadrados, en la acera con entarimado, ocupando 5.96 metros cuadrados y con entarimado en calzada, ocupando 11.92 metros cuadrados;
      3o.) Que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 21.00 (Unidades Reajustables veintuno con cero centésimos);
      4o.) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3;
      5o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
      2o.) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
      3o.) Que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera sin entarimado, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado, en acera con entarimado, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.75 por metro cuadrado y en calzada con entarimado, se abonará mensualmente el importe de U.R. 1.00 por metro cuadrado;
      4o.) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
      5o.) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
      6o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la autorización de mesas y sillas otorgada por Resolución No. 20/17/0112, de fecha 04 de enero de 2017, a la empresa BAR LAS FLORES S.R.L., R.U.T. 217.453.620.016, sita en la calle Juan Manuel Blanes No. 1164 y Bvar España No. 2051, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma BAR LAS FLORES S.R.L., R.U.T. 217.453.620.016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 8.21 metros cuadrados, en la acera con entarimado, ocupando 5.96 metros cuadrados y con entarimado en calzado, ocupando 11.92 metros cuadrados, frente al local en la calle Juan Manuel Blanes No. 1164 y Bvar España No. 2051, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3.-
      3.- Fijar en la suma de U.R. 21.00 (Unidades Reajustables veintiuno con cero centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
      4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal