Resolución N° 114/23/0112
Nro de Expediente:
2021-0012-98-000475
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/3/2023


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 5/23/0112 y aplicar una multa de U.R. 1.00 al Sr. Juan Alberto Rull Naranjo y una multa de U.R. 3.00 a la empresa GALBO SRL., RUT 215 066 880 018

Montevideo, 30 de Marzo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado deteriorado de la vereda con frente a los padrones Nº 13448 y Nº 425665, propiedad del Sr. Juan Alberto Rull Naranjo, DNI argentino 4983212, con domicilio a efectos legales en Cebollatí Nº 1576/205 y GALBO SRL., RUT 215 066 880 018, con domicilio a efectos legales en Daniel Fernández Crespo Nº 2028, respectivamente;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) los padrones de referencia se encuentran en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por veredas en mal estado con faltante de baldosas;
    b) se redactó la Resolución Nº 5/23/0112 con errores en cuanto a los montos y el tipo de infracción, por lo que se solicita dejar sin efecto la misma;
    c) se solicita imponer dos multas de U.R.1.00 y U.R.3.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 17, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la Resolución Nº 5/23/0112.-
    2.-Aplicar una multa de U.R. 1.00 (Unidades Reajustables una con cero centésimos) al Sr. Juan Alberto Rull Naranjo, DNI argentino 4983212, propietario del padrón Nº 13448, con domicilio a efectos legales en Cebollatí Nº 1576/205 y otra multa de U.R. 3.00 (Unidades Reajustables tres con cero centésimos) a la empresa GALBO SRL., RUT 215 066 880 018, propietario del padrón Nº 425665, con domicilio a efectos legales en Daniel Fernández Crespo Nº 2028, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    3.-Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar a los infractores, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal