Resolución N° 592/14/0112
Nro de Expediente:
3230-021475-12
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/11/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 12.00 a la empresa PRANAVITA S.A., R.U.T. 216903910011, sita en la calle Juan Antonio Rodríguez No. 1415, padrón No. 426.452, por no adecuar la vereda a la normativa vigente.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca ubicada en la calle Juan Antonio Rodríguez No. 1415, de la cual es propietaria la empresa PRANAVITA S.A., R.U.T. 216903910011, con domicilio a los efectos legales en la calle Juncal No. 1408, apto. 503;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 intimó a la empresa titular de obrados a adecuar la vereda a las condiciones reglamentarias del padrón No.426.452 según la normativa vigente;
        2o.) que en inspección se constató que los trabajos solicitados no se habían realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 12.00 (Unidades Reajustables doce con cero centésimas), según Decreto No. 21.626, Sección II, Art. 3, Num.17;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12.00 (Unidades Reajustables doce con cero centésimas) a la empresa PRANAVITA S.A., R.U.T. 216903910011, responsable de la vereda frente a la finca de su propiedad sita en la calle Juan Antonio Rodríguez No. 1415, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal