Resolución N° 342/21/0112
Nro de Expediente:
2021-0012-98-000425
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/12/2021


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Sociedad Uruguaya de Actores SUA

Montevideo, 8 de Diciembre de 2021.-
 
    VISTO: que este Municipio manifiesta la necesidad de suscribir un convenio con la Sociedad Uruguaya de Actores SUA, a fin de elaborar e implementar un MAPEO de Organizaciones Culturales a nivel Territorial en el Municipio B;

    RESULTANDO: 1º) que el Municipio B establece en su Plan de Desarrollo Municipal 2020-2025, dentro del componente Patrimonio Vivo, generar y difundir proyectos e iniciativas que promuevan la democratización y el ejercicio de los derechos culturales;

    2º) que la Sociedad Uruguaya de Actores, es una entidad gremial, que agrupa a actores y oficios conexos. Desde hace varios años, celebra convenios con distintas instituciones para el desarrollo de diferentes proyectos tendientes a posibilitar el ejercicio de la actividad artística y cultural en los diferentes barrios de Montevideo;

    3º) que consultada la División Asesoría Jurídica realiza las observaciones que son recogidas en el texto que se proyecta;

    4º) que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud SEFI Nº 242586, por la suma de $ 700.000,00;

    CONSIDERANDO: 1º) que se entiende pertinente su aprobación y contempla adecuadamente los objetivos de esta Administracción;

    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 438 de fecha 10 de Noviembre de 2021 por unanimidad de integrantes (5 en 5), incluido el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente renovación de convenio;

    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Sociedad Uruguaya de Actores SUA: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los .... días del mes de ... del .... POR UNA PARTE: el MUNICIPIO B de Montevideo, representado en este acto por la Sra. Alcaldesa Silvana Pissano, titular de la C.I. 1.539.242-4 y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil SOCIEDAD URUGUAYA DE ACTORES (SUA), RUT 212 811 180 014, con domicilio en Mercedes 933, representada por ...... titular de la C.I. ......... en su calidad de ......., quienes acuerdan en suscribir el siguiente convenio: PRIMERO. (Antecedentes) a) El Municipio B estableció en su Plan de Desarrollo Municipal 2020-2025, dentro del componente Patrimonio Vivo, generar y difundir proyectos e iniciativas que promuevan la democratización y el ejercicio de los derechos culturales. Se propiciarán iniciativas que potencien la participación artístico cultural y la expresión de las distintas prácticas y manifestaciones de la cultura popular en los barrios. El compromiso número 41 de dicho Plan establece: “Creación de un mapa territorial participativo de cultura que incluya prácticas culturales locales, expresiones de la cultura local de cada barrio, infraestructura cultural, organizaciones y proyectos culturales”. A su vez, el compromiso 45 se propone trabajar en red con instituciones públicas y privadas, de carácter cultura y artístico, que desarrollan sus actividades dentro del Municipio, para optimizar recursos y facilitar con concreción de proyectos. Por otra parte, en el componente “Municipio de Cercanía” se establece el compromiso de apoyar el fortalecimiento de Redes Locales como ámbito de organización y participación ciudadana. En este marco, se viene trabajando en la consolidación de la red de cultura del Municipio B, llamada “B-Cultura”, ámbito en el que se propuso generar un mapeo participativo de las organizaciones culturales del Municipio B. b) La Sociedad Uruguaya de Actores, es una entidad gremial, que agrupa a actores y oficios conexos. Desde hace varios años, celebra convenios con distintas instituciones para el desarrollo de diferentes proyectos tendientes a posibilitar el ejercicio de la actividad artística y cultural en los diferentes barrios de Montevideo. SEGUNDO. (Objeto). Establecer las condiciones para elaborar e implementar un MAPEO de Organizaciones Culturales a nivel Territorial en el Municipio B. TERCERO. (Obligaciones). Las partes acuerdan que la SUA llevará adelante el proyecto de mapeo de las propuestas culturales del Municipio B, según lo estipulado en la red de cultura del Municipio B. CUARTO. El Municipio B, se compromete a transferir el monto de $700.000 (Pesos Uruguayos setecientos mil IVA incluido) en el momento de la suscripción del presente, para la ejecución del proyecto de mapeo en su territorio. QUINTO. (Propiedad Intelectual): Los estudios, proyectos, informes y demás documentos que se elaboren en el marco de este convenio serán propiedad intelectual común del Municipio B y de la SUA. En caso de su publicación, se verificará previamente, que no sean revelados conocimientos o datos de propiedad o importancia para alguna de las partes, quienes deberán ajustarse a la normativa nacional en materia de Datos Personales. SEXTO (Plazo). A partir de la firma del presente convenio se establecen seis meses para el diseño y ejecución del mapeo. Se podrá renovar por igual período si las partes lo acuerdan. SÉPTIMO (Rescisión): El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de cada parte dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de este acuerdo por la parte cumplidora. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la otra parte, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. OCTAVO (Prohibiciones): Ninguna de las partes podrá ceder este Acuerdo sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra. NOVENO (Responsabilidades) La SUA se compromete a mantener indemne al Municipio B de cualquier reclamación que efectúen las personas físicas o jurídicas con las que contrate en el marco del presente convenio". DÉCIMO (Notificaciones) Las partes constituyen domicilio en los declarados como suyos en la comparecencia y reconocen al telegrama colacionado como medio valido de comunicación entre ambas. Y en prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
    2.-Establecer que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud SEFI Nº 242586, por la suma de $ 700.000,00.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal