Resolución N° 101/13/0118
Nro de Expediente:
0018-006478-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Prohibir la circulación de vehículos dentro del predio del prado chico, con las excepciones que figuran en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 10 de Julio de 2013.-
 
      VISTO: que el Gobierno Municipal entiende necesario poner en conocimiento de todos los funcionarios del Municipio la existencia de la ley N° 18191 de transito y seguridad vial en el territorio Nacional;
      RESULTANDO: 1) que en su art. 2 la misma refiere "preservar la funcionalidad del Transito en los valores patrimoniales públicos y privados vinculados al mismo y al medio ambiente circundante";
      2) que en tal sentido el Gobierno Municipal, considera que para preservar el Prado chico y prevenir cualquier tipo de accidentes, se debería prohibir la circulación de vehículos que no sean oficiales, dentro del predio circunscrito entre las calles María Orticochea, Sipe Sipe, Av Castro y los limites del arroyo Miguelete;
      3)que se recuerda que los parques son de circulacion prioritariamente peatonal;
      4) que dentro del predio podrán circular vehículos oficiales y aquellos que se destinen al mantenimiento del parque, tales como tractor, rotativa, etc.;
      5) establecer un sector de estacionamiento para funcionarios, Concejales Municipales y Concejales Vecinales;
      6) que se debería apercibir a los funcionarios del Municipio G, que quien incumpla con esta resolución sera pasible de las sanciones que corresponda;

      CONSIDERANDO: 1°) lo dispuesto en la ley 18191, art 2;
      2º) que el Gobierno Municipal G, entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
      3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE
      1.- Prohibir la circulación de vehículos dentro del predio del prado chico, con las excepciones que figuran en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Marcar un sector para estacionamiento de los vehículos de los Funcionarios, Concejales Municipales y Concejales Vecinales.-
      3.- Se dispone que las motos, solo se podran encender fuera del prado chico " EN LA CALLE".-
      4.-Apercibir a los funcionarios del Municipio G, que el incumplimiento de lo expuesto, sera pasible de las sanciones correspondientes.-
      5.- Pase al Sector Inspectivo de este Municipio a fin de notificar a los Concejales Municipales, Concejales Vecinales, Funcionarios del Municipio. Cumplido archívese.-
GASTON SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL