Resolución N° 186/11/0113
Nro de Expediente:
3380-001832-09
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2011


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Machado Carballo No. 3383, Padrón No. 55940, de la cual es responsable la Sra. Gabriela Llamel Lescousille, C.I. 1.902.574-6

Montevideo, 15 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda y cerco frente a la finca sita en Machado Carballo No. 3383, Padrón No. 55940, de la cual es responsable la Sra. Gabriela Llamel Lescousille, C.I. 1.902.574-6, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16, intimó a la titular de obrados en reiteradas oportunidades, a realizar la reconstrucción de 52 m2 de vereda y construcción de cerco reglamentario, de su predio bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección profesional se constató, que la reconstrucción de vereda y construcción de cerco reglamentario vereda, no se había realizado ;
        3o.) que por lo expuesto, el Área de Arquitectura del Servicio Centro Comunal No. 16, informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 5, según lo que, a tales efectos, establece el Digesto Municipal, Artículo D. 2213, inciso E y otra de U.R. 8,1625, Art.3o, Secc.II, Numeral 6;
        CONSIDERANDO: 1o.) las facultades
        oportunamente delegadas;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y otra de U.R

        8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientos veinticinco diezmilésimas) a la Sra. Gabriela Llamel Lescousille, C.I. 1.902.574-6, responsable de la propiedad frente a la finca sita en Machado Carballo No. 3383, Padrón No. 55940, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 para realizar la notificación correspondiente.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal