Resolución N° 474/18/1000
Nro de Expediente:
2018-5227-98-000517
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
17/8/2018


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 23 a la empresa Pentiral SA, responsable del local destinado a Hotel ubicado en Hipólito Yrigoyen 1447.-

Montevideo, 17 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Hotel, ubicado en Hipólito Yrigoyen 1447, responsabilidad de Pentiral SA, RUT 21 6430670019;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Central de Inspección General señala que por Acta A No. 1629 de 22/1/18 se intimó a presentar certificado emitido por la Dirección Nacional de Bomberos, otorgándose un plazo de 5 días hábiles;
        2o.) que no habiéndose dado cumplimiento a lo intimado, el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 23, por la infracción constatada, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. D.4087, Cap. I, Tít. VI, Libro XV, Vol. XV del Digesto Departamental y de acuerdo al Art. 14, Numeral 1 y Art. 22 del Régimen Punitivo Departamental (Decreto 21.626);
        3o.) que el 9/8/18 la Prosecretaría General eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 3248/15 de 9/7/15 se delegó en el Secretario General la facultad




        de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 23 (Unidades Reajustables veintitrés) a la empresa Pentiral SA, RUT 21 6430670019, responsable del local destinado a Hotel ubicado en Hipólito Yrigoyen 1447, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio E, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 7 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-