Resolución N° 31/21/5500
Nro de Expediente:
2021-3122-98-000012
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
28/4/2021


Tema:
AUTORIZACIONES DE PAGOS

Resumen:
Autorizar el pago por la suma total de $ 540.000,oo, a favor del acreedor Nº 88.091, por el servicio de arrendamiento del inmueble del Hogar "Toco Venir", correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y abril del presente año.-

Montevideo, 28 de Abril de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Secretaría de Infancia, Adolescencia y Juventud, solicitando se apruebe el pago de servicio de arrendamiento por cuatro meses del inmueble "Tocó Venir" por un monto total de $ 540.000,oo;
    RESULTANDO: 1o.) que el Programa "Tocó Venir", está dirigido a jóvenes del interior del país, de 18 a 25 años de edad, que comienzan sus estudios en instituciones públicas de enseñanza terciaria en Montevideo y se encuentran en situaciones de vulnerabilidad socio-económica, a los beneficiarios/as se les brinda una vivienda ("Hogar Tocó Venir"), que cuenta con equipamiento básico que cubre las necesidades de un grupo mínimo de estudiantes;
    2o.) que debido a la emergencia sanitaria que se vive actualmente en el país y a los cambios en la propuesta socio-educativa, se suspendió la licitación que se comenzó para el arrendamiento de un inmueble por todo el año 2021, y actualmente hasta el mes de abril en el hogar hay jóvenes alojados;
    3o.) que el Coordinador Ejecutivo de la Secretaría de Infancia, Adolescencia y Juventud solicita se efectúe el pago por la suma total de $ 540.000,oo iva incluido (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil) mediante preventiva SEFI, correspondiente al alquiler de los meses de enero, febrero, marzo y abril del presente año, donde funciona dicho programa, cuyo arrendamiento del inmueble tiene un precio mensual de $ 135.000,oo (pesos uruguayos ciento treinta y cinco mil);
    4o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal realizó la solicitud de preventiva SEFI Nº 238.086, a favor del proveedor número 88.091 a nombre del Sr. Cesar Horacio Benvenutto;
    5o.) que la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad con el pago solicitado;
    CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución Nº 4245/20 de fecha 1º de diciembre del 2020, la Sra. Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de ordenador secundario de gastos con el límite máximo del monto establecido para la compra directa, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 28º, 29º (literales b y c) y 30º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) y en el Decreto Departamental Nº 25.400;
    2o.) que la presente operación encuadra en dicha modalidad;
    LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
    DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
    DE FACULTADES DELEGADAS
    RESUELVE:
    1.- Autorizar el pago por la suma de $ 540.000,oo iva incluido (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil) a favor del Sr. Cesar Horacio Benvenutto, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
    2.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud de preventiva SEFI Nº 238.086. favorable al acreedor Nº 88.091.-
    3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, a la División Políticas Sociales, a la Secretaría de Infancia, Adolescencia y Juventud, a las Unidades Centrales de Auditoría Interna y de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a la Contaduría General a sus efectos.-

Lic. Mercedes Clara, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-