Resolución N° 898/22/1000
Nro de Expediente:
2022-5227-98-000191
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
14/10/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50, quinta reincidencia, a la firma Rielmar SA, responsable del establecimiento denominado Lotus, ubicado en Av. Luis Alberto de Herrera No. 1248, por no exhibir permiso.-

Montevideo, 14 de Octubre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento denominado Lotus, ubicado en Av. Luis Alberto de Herrera N.º 1248, responsabilidad de la firma Rielmar SA;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató, en el lugar de referencia, actividad para la cual no exhibió el permiso necesario (actividad bailable) labrándose el Acta N.º 14967 de 20/02/22;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 50 (quinta reincidencia) al haberse transgredido lo dispuesto por el artículo D.2773 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII), lo dispuesto por el Decreto N.º 36.615, en su artículo 2, lit. B y lo establecido por el artículo 8º, apartado A, inciso 2, literal b del Decreto No. 21.626;
        4o.) que el estudio de las reincidencias insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        5o.) que la Prosecretaría General de conformidad remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto N.º 34.134 de 12/04/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resolución N.º 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta), quinta reincidencia, a la empresa Rielmar SA, RUT 214789090018, responsable del establecimiento denominado Lotus ubicado en Av. Dr. Luis A. de Herrera N.º 1248, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Centro Comunal Zonal N.º 5, Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, Secretario General (I).-