Resolución N° 94/18/4000
Nro de Expediente:
2017-3240-98-000063
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/4/2018


Tema:
OBRAS SIN PERMISO

Resumen:
Se aplica una multa de 33 U.R. a la Sra. Laura Cristina Taboas por las obras sin permiso constatadas en el inmueble de su propiedad, sito en la calle Jaime Cibils Nº 2397.-

Montevideo, 27 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: las obras sin permiso constatadas en el inmueble ubicado en la calle Jaime Cibils Nº 2397, propiedad de la Sra. Laura Cristina Taboas, C.I. 1.703.057-1;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que correspondería aplicar una multa de 33 U.R., según lo que establece en la Sección XIII, Art. 15, Numeral 4, Inciso A del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84 y de acuerdo con la Resolución Nº 2287/13 del 3/VI/13;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse según consta en estas actuaciones y se han presentado descargos que no son de recibo;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3248/15 del 9/VII/15, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 33 U.R. (treinta y tres unidades reajustables) a la Sra. Laura Cristina Taboas, C.I. 1.703.057-1, por las obras sin permiso constatadas en el inmueble de su propiedad ubicado en la calle Jaime Cibils Nº 2397 y con igual domicilio por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Contralor de la Edificación, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo con lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente Resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-