Resolución N° 746/23/1200
Nro de Expediente:
2022-5227-98-000428
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
15/8/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20, a la empresa Di Bernardi Palacios Marcelo Luciano, responsable del evento denominado "Circo de los Dinosaurios", llevado a cabo en la Av. Gral. Rivera y Br. José Batlle y Ordoñez, por incumplimiento a lo intimado.-

Montevideo, 15 de Agosto de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el evento denominado "Circo de los Dinosaurios", llevado a cabo en la Av. Gral. Rivera y Br. José Batlle y Ordoñez, responsabilidad de la empresa Di Bernardi Palacios Marcelo Luciano;
        RESULTANDO: 1o.) que personal inspectivo del Servicio Convivencia Departamental constató que se transgredió lo dispuesto por el Artículo D.2771 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII), labrándose el Acta No. 12086 de 10/04/22;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 20 de acuerdo a lo establecido por el artículo 8, literal O del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12/04/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en





        la Prosecretaría General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de
        UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa Di Bernardi Palacios Marcelo Luciano, CI brasilera MG-20.244.469, RUT 050211260017, con domicilio fiscal en la calle José Ramírez N.º 4462, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-