Resolución N° 24/23/1000
Nro de Expediente:
2022-5268-98-000095
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/1/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50, quinta reincidencia, a Nicolás José Martínez Furtado, responsable del establecimiento denominado Cachilo Bar, ubicado en la calle Maipú Nº 1708 por constatarse música en vivo en el establecimiento de referencia, sin contar con los permisos habilitantes.-

Montevideo, 5 de Enero de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento denominado Cachilo Bar, ubicado en la calle Maipú Nº 1708, responsabilidad de Nicolás José Martínez Furtado;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la falta de permisos correspondientes, labrándose Acta No. 17885 de 28/08/2022;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el precitado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 50 (quinta reincidencia), de acuerdo a lo dispuesto por el artículo D.2773 "De los Espectáculos Públicos" del Volumen XIII del Digesto Departamental, el Decreto No. 36.615, artículo 2, literal B) y en el artículo 8, apartado A, inciso 2, literal b) del Decreto No. 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, de acuerdo al Decreto No. 34.134 de 12/04/12 y la Resolución No. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la



        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta) quinta reincidencia, a Nicolás José Martínez Furtado, CI 4.471.392-0, RUT 218728660011, responsable del establecimiento denominado Cachilo Bar, ubicado en la calle Maipú Nº 1708, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 4 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Sr. Federico Graña, Secretario General (I.).-