Resolución N° 130/16/6300
Nro de Expediente:
4454-006551-15
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
5/5/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 50 a la empresa TEYMA URUGUAY SA Y TEYMA MEDIOAMBIENTE SA, RUT No. 214918150011.

Montevideo, 5 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones referidas a la infracción de la empresa TEYMA URUGUAY SA Y TEYMA MEDIOAMBIENTE SA, RUT No. 214918150011, con domicilio en Av. Uruguay No. 1283, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, pertenenciente al Municipio B;
        RESULTANDO: que funcionarios de la División Limpieza constataron que del camión matrícula SBU 3374, perteneciente a la referida empresa, se arrojó basura en el predio ubicado en Cno. Al paso del Andaluz y Ruta Nacional Perimetral Wilson Ferreira Aldunate (se adjunta registro fotográfico a fs. 2 y 3);
        CONSIDERANDO: 1o.) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, otorgándose la vista correspondiente, la cual no ha sido oportunamente evacuada;
        2o.) que el Servicio de Planificación, Administración y Apoyo informa que corresponde la aplicación de una multa consistente en UR 50 (unidades reajustables cincuenta) acorde al Art. 4o., Literal B), Num. 1o. del Decreto No. 21.626, de fecha 23 de abril de 1984 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución No. 2287/13 de fecha 3 de junio de 2013, donde se establece la prohibición de: "Arrojar, verter o depositar en la vía pública, plazas, playas, parques, paseos y terrenos baldíos (estén o no cercados), basuras, residuos, tierra, escombros y desperdicios de cualquier clase, salvo autorización municipal....." estando establecida su sanción en UR 2 a máximo legal (UR 350);
        3o.) que según Resolución No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar

        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 50 (unidades reajustables cincuenta) a la empresa TEYMA URUGUAY SA Y TEYMA MEDIOAMBIENTE SA, RUT No. 214918150011, con domicilio en Av. Uruguay No. 1283, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, pertenenciente al Municipio B, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Municipio B, al Servicio de Gestión de Contribuyentes; cumplido, pase a la División Limpieza para la notificación de la empresa infractora, debiendo hacer saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-