Resolución N° 3972/20
Nro de Expediente:
2020-4100-98-000055
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
09/11/2020


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
SE AUTORIZA AL INAU, CON CARÁCTER PRECARIO Y REVOCABLE, EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO UBICADO FRENTE AL PREDIO EMPADRONADO CON EL Nº 415.917 SITO CON FRENTE A LA CALLE MARTÍN GARCÍA Nº 1222 PARA LA INSTALACIÓN DE UNA RAMPA DE ACCESO.

Montevideo, 09 de Noviembre de 2020.-
 

                         VISTO:  la solicitud realizada por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) para la instalación de una rampa de acceso en el espacio público ubicado frente al predio empadronado con el Nº 415.917 sito con frente a la calle Martín García Nº 1222;

                         RESULTANDO: que la División Espacios Públicos y Edificaciones informa que no tiene objeciones que formular en la medida que: a) se realice una rampa liviana,  de fácil remoción y adecuada en la medida de lo posible a lo establecido en la Norma UNIT 200:2019; b) el ancho de la vereda libre no deberá ser menor a 1,20 mt. y se sugiere la colocación de pavimento podo-táctil y c) se entiende que es posible autorizar la instalación con carácter precario y revocable, por la vía de excepción, conforme a los gráficos que lucen en obrados;

                          CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente proceder al dictado de resolución en tal sentido;

 

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

 RESUELVE:

 

1º. Autorizar al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, con carácter precario y revocable, por la vía de excepción, el uso del espacio público ubicado frente al predio empadronado con el Nº 415.917 sito con frente a la calle Martín García Nº 1222 para la instalación de un rampa de acceso conforme a los gráficos que lucen en obrados y condicionado a que: 

  1. la rampa a realizar sea liviana, de fácil remoción y adecuada en la medida de lo posible a lo establecido en la Norma UNIT 200:2019;
  2. el ancho de la vereda libre no deberá ser menor a 1,20 mt. y se sugiere la colocación de pavimento podo-táctil.- 

2º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General para su transcripción al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, al Municipio C, al Servicio Planificación, Gestión y Diseño y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones.-

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-