Resolución N° 693/17/2000
Nro de Expediente:
2017-2230-98-003128
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
15/11/2017


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Iglesia Nueva Apostólica Sud América del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 105553, 60359, 67997, 135851, 50062, 7.340, 145027, 36996, 84675, 89193, 190565, 145932, 182214, 184456. 402599, 166663, 29045 y 103724, por los ejercicios 2014 a 2018 inclusive y No. 106630/2 por los ejercicios 2007 a 2017 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 496.259,00.-

Montevideo, 15 de Noviembre de 2017.-
 
        VISTO: la gestión de la Iglesia Nueva Apostólica Sud América por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrones Nos. 105553, 60359, 67997, 135851, 50062, 7.340, 145027, 36996, 84675, 89193. 190565, 145932, 182214, 184456, 402599, 166663, 29045, 103724 y 106630/2;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde otorgar la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales a los padrones Nos. 105553, 60359, 67997, 135851, 50062, 7.340, 145027, 36996, 84675, 89193, 190565, 145932, 182214, 184456, 402599, 166663, 29045 y 103724 por los ejercicios 2014 a 2018 y No. 106630/2 por los ejercicios 2007 a 2017, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el art. 5 de la Constitución de la República, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 496.259,00;
        2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado, por lo que corresponde el dictado de la resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el

        Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de
        conceder exoneraciones tributarias a templos religiosos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Iglesia Nueva Apostólica Sud Amércia al amparo de lo previsto en el art. 5 de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 105553, 60359, 67997, 135851, 50062, 7.340, 145027, 36996, 84675, 89193, 190565, 145932, 182214, 184456. 402599, 166663, 29045 y 103724, por los ejercicios 2014 a 2018 inclusive y No. 106630/2 por los ejercicios 2007 a 2017 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 496.259,00 (pesos uruguayos cuatrocientos noventa y seis mil doscientos cincuenta y nueve).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-