Resolución N° 502/14/2000
Nro de Expediente:
2230-056530-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/7/2014


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Patriótica del Uruguay, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 663/101, ubicado en la calle Vázquez No. 1461/101, por el período 2013 a 2016 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.986,00.

Montevideo, 1 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Patriótica del Uruguay, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 663/101, ubicado en la calle Vázquez No. 1461/101;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, por el período 1995 a 2012, según Resolución No. 5077/12 de 19 de noviembre de 2012;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69 de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar al referido inmueble la exención del 100% del referido impuesto y sus adicionales, por el período 2013 a 2016, dejando de percibir la Intendencia la suma anual aproximada de $ 7.986,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Patriótica del Uruguay, al amparo de lo previsto en el Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 663/101, ubicado en la calle Vázquez No. 1461/101, por el período 2013 a 2016 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.986,00 (pesos uruguayos siete mil novecientos ochenta y seis).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-