Resolución N° 4994/99/2000
Nro de Expediente:
2230-009001-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
3/12/1999


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se declara exonerado al CLUB ATLETICO TOBOGAN (C.A.T.) exonerado del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 93.903, ubicado en la calle José Marmol No. 1009.

Montevideo, 3 de Diciembre de 1999.-
 
        Montevideo, _ _ de _ _ _ _ _ _ de _ _ _ _.-
        VISTO: la gestión iniciada a obrados por el CLUB ATLETICO TOBOGAN (C.A.T.), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 93.903, ubicado en la calle José Mármol No. 1009;
        RESULTANDO: 1º.) que la gestionante adjunta a obrados certificación notarial acreditante de la titularidad dominial del inmueble de referencia, fotocopia autenticada de estatutos y constancia de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas;
        2º) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% para el impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo del Decreto. 25.074 y del 75% para la Tasa General Municipal, al amparo del Art. 23o. del Decreto No. 26.949;
        3o.) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos exigidos en el Decreto No. 25.074 de 25/7/91 respecto a la Contribución Inmobiliaria y en el Decreto No. 26.949 de 14/12/95 y su reglamentación por Res. No. 1774/96 en cuanto a la Tasa General Municipal se esta en condiciones de otorgar la exoneración solicitada, por los meses de octubre a diciembre de 1999 para la Tasa General Municipal y por el ejercicio del año 2000 para el impuesto de Contribución Inmobiliaria;

        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde proveer de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Declarar exonerado al CLUB ATLETICO TOBOGAN (C.A.T.) al amparo del Decreto Departamental No. 25.074 de 25 de julio de 1991, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 93.903, ubicado en la calle José Mármol No. 1009, por el ejercicio del año 2000.-
        2º.- Declarar exonerado al mencionado Club, al amparo del Art. 23o. del Decreto Departamental No. 26.949, del pago del setenta y cinco por ciento (75%) de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de referencia, por el período octubre a diciembre de 1999.-
        3º.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-