Resolución N° 707/02/2000
Nro de Expediente:
2200-000723-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/3/2002


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble padrón No. 129.039/6, ubicado en la calle A. Vidal y Fuentes No. 3186, propiedad de la señora Elsa Burgueño desde octubre de 1992 a junio de 1995 inclusive.

Montevideo, 21 de Marzo de 2002.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Sra. Elsa Burgueño, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto de Tasa de Conservación de Alcantarillado mantiene con esta Comuna respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 129.039 unidad 006, ubicado en la calle A.Vidal y Fuentes No. 3186;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que abonó todo lo adeudado hasta el 2/2002 y al solicitar certificado de adeudos surge una deuda por concepto de Tasa de Conservación de Alcantarillado por los años 1992 y 1995, la cual desconocía y nunca le fue informada;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Contribuyentes informa que se trata de una deuda por Tasa de Conservación de Alcantarillado, valores truncos al 12/95 por pasar a emitirse el tributo desde el 1/96 con la Contribución Inmobiliaria y como consecuencia si bien el adeudo existe y se mantiene no se registran gestiones de cobro, ni factura, como tampoco ningún aviso comunicando la existencia de deuda en facturas de otros tributos del mismo inmueble, por lo que correspondería la aplicación del Artículo 25o. del Decreto No. 27.803;
        CONSIDERANDO: que la División Administración Fiscal entiende procedente redactar resolución exonerando a la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado del inmueble padrón No. 129.039/006 (CC 2235989) de las multas y recargos generados desde

        octubre/1992 a junio/1995, y aplicar en su lugar el Artículo 25o. del Decreto No. 27.803 (IPC);
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble padrón No. 129.039/006, ubicado en la calle A. Vidal y Fuentes No. 3186, propiedad de la señora Elsa Burgueño desde octubre de 1992 a junio de 1995 inclusive.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde octubre de 1992 a junio de 1995.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden a los Servicios de Ingresos Inmobiliarios y de Gestión de Contribuyentes para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-