Resolución N° 5/11/2000
Nro de Expediente:
4330-001872-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/1/2011


Tema:
EXONERACION TASA NECROPOLIS

Resumen:
Se exonera a la Associazione Italiana in Uruguay di Assistenza -AIUDA, del pago de la Tasa de Necrópolis que grava a los bienes funerarios que se detallan: Panteones Cementerio del Buceo: 117, 120, 121, 122, 318 A, 318 B, 318 C, 318 D urnario, 318 E, 318 F urnario, 318 G, 318 H, 318 I, 318 I bis, 318 J, 318 K indistintamente entierro y urnario y 318L, 318 M urnario grande, 641, 642, 980, 981, 982, 983, 984, 985 y Panteones Cementerio del Norte: 222, 244, 246, 248, 250 y 252. La exoneración que se otorga es por el ejercicio 2010.

Montevideo, 4 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 33.617 de 25 de noviembre de 2010, promulgado por Resolución No. 5723/10 de 13 de junio de 2010, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4695/10 de 12 de octubre de 2010, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Associazione Italiana in Uruguay di Assistenza -AIUDA, del pago de la Tasa de Necrópolis que grava a los bienes funerarios que se detallan: Panteones Cementerio del Buceo: 117, 120, 121, 122, 318 A, 318 B, 318 C, 318 D urnario, 318 E, 318 F urnario, 318 G, 318 H, 318 I, 318 I bis, 318 J, 318 K indistintamente entierro y urnario y 318L, 318 M urnario grande, 641, 642, 980, 981, 982, 983, 984, 985 y Panteones Cementerio del Norte: 222, 244, 246, 248, 250 y 252. La exoneración que se otorga es por el ejercicio 2010;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3089/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Associazione Italiana in Uruguay di Assistenza -AIUDA, del pago de la Tasa de Necrópolis que grava a los bienes funerarios que se detallan: Panteones Cementerio del Buceo: 117, 120, 121, 122, 318 A, 318 B, 318 C, 318 D urnario, 318 E, 318 F urnario, 318 G, 318 H, 318 I, 318 I bis, 318 J, 318 K indistintamente entierro y urnario y 318 L, 318 M urnario grande, 641, 642, 980, 981, 982, 983, 984, 985 y Panteones Cementerio del Norte: 222, 244, 246, 248, 250 y 252. La exoneración que se otorga es por el ejercicio 2010.-
        2o.- Pase al Servicio Fúnebre y Necrópolis .-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-