Resolución N° 715/04/2000
Nro de Expediente:
2200-000676-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/6/2004


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 a las deudas del impuesto de Contribución Inmobiliaria (cuenta 609072) y Tasa General Municipal (cuenta 660933), del período 2002 al 2004 inclusive, que gravan al inmueble padrón No. 410.033/1304/E, ubicado en Rambla República Argentina No. 1205, apto. 1304, block E.

Montevideo, 29 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: la gestión de los señores Norberto Picerno y Gladys Martínez solicitando se revea la deuda del inmueble padrón No. 410.033/1304/E, ubicado en Rambla República Argentina No. 1205, apto. 1304 block E por concepto de Contribución Inmobiliaria y Tasa General Municipal;
        RESULTANDO: que los gestionantes expresan que el 25 de enero de 2002, el Banco Hipotecario del Uruguay, en su calidad de mandatario y en nombre y representación de la Intendencia Municipal de Montevideo, les adjudicó el referido inmueble, registrando deuda por Contribución Inmobiliaria (Cuenta 609072) e impuestos municipales (cuenta 660933);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesora Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que de acuerdo a la información y documentación aportada a obrados corresponde formular dos cuentas paralelas, por las cuáles se proceda a gestionar el cobro de lo adeudado hasta la primer cuota del ejercicio 2002 contra los anteriores titulares y disponer la emisión de una nueva factura desde la segunda cuota del ejercicio 2002 a la fecha a nombre de los gestionantes, sin multas ni recargos, aplicándose el IPC, en atención a que la gestión de las actuaciones se inició en febrero de 2002;
        2o.) que la División Administración Fiscal entiende que corresponde propiciar resolución exonerando de multas y recargos los ejercicios 2002 al 2004 al impuesto de Contribución Inmobiliaria y a la Tasa General Municipal, aplicando en su lugar el IPC (Art. 25o. del Decreto No. 27.803), en atención a que la gestión de las actuaciones se inició en febrero de 2002;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 a las deudas del impuesto de Contribución Inmobiliaria (cuenta 609072) y Tasa General Municipal (cuenta 660933), del período 2002 al 2004 inclusive, que gravan al inmueble padrón No. 410.033/1304/E, ubicado en Rambla República Argentina No. 1205, apto. 1304, block E, propiedad de los señores Norberto Picerno y Gladys Martínez.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-