Resolución N° 51/09/2000
Nro de Expediente:
2230-090564-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
23/1/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a La Gran Logia de la Masonería del Uruguay, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad que se detallan en estas actuaciones, por los ejercicios 2007 a 2009 inclusive.-

Montevideo, 23 de Enero de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de La Gran Logia de la Masonería del Uruguay solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 21.907, 21.911, 21.906/002, 21.906/003, 21.906/004, 21.906/005 y 21.905/006;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2006, según Resolución No. 91/07 del 9 de enero de 2007;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención solicitada, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, a partir del ejercicio 2007, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 101.526,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración de Ingresos Municipales comparte el informe precedente;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 del 13 de julio de 2005 el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución


        Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a La Gran Logia de la Masonería del Uruguay , al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad, cuyos padrones, ubicación y período a exonerar se detallan:
        Padrón Ubicación Período
        21.907 Mario Cassinoni 1481 2007-2009
        21.911 Ana M. de Lavalleja 2234 2007-2009
        21.906/002 Mario Cassinoni 1475 2007-2009
        21.906/003 Mario Cassinoni 1475 2007-2009
        21.906/004 Mario Cassinoni 1475 2007-2009
        21.906/005 Mario Cassinoni 1475 2007-2009
        21.905/006 Mario Cassinoni 1475 2007-2009
        2o.- La Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 101.526,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

SR. JOSÉ FERNANDEZ, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-