Resolución N° 464/09/2000
Nro de Expediente:
2220-001215-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
31/8/2009


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera a la Comisión Honoraria para la Lucha Anituberculosa y Enfermedades Prevalentes, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 1.003.722, matrícula SBC 2262, por los ejercicios 2008 y 2009 inclusive y 1.112.301, matrícula SBG 9195 desde el 24 de setiembre de 2008 (fecha de su empadronamiento) y ejercicio 2009 inclusive y mientras la gestionante continúe siendo titular de los vehículos.

Montevideo, 31 de Agosto de 2009.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 33.006 del 16 de julio de 2009, promulgado por Resolución No. 3152/09 del 3 de agosto de 2009, por el cual de conformidad con la Resolución No. 2469/09 de 22 de junio de 2009, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Comisión Honoraria para la Lucha Anituberculosa y Enfermedades Prevalentes, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 1.003.722, matrícula SBC 2262, por los ejercicios 2008 y 2009 inclusive y 1.112.301, matrícula SBG 9195 desde el 24 de setiembre de 2008 (fecha de su empadronamiento) y ejercicio 2009 inclusive y mientras la gestionante continúe siendo titular de los vehículos, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma total aproximada de $ 86.978,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3218/05 de 13 de julio de 2005, el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Comisión Honoraria para la Lucha Anituberculosa y Enfermedades Prevalentes, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 1.003.722, matrícula SBC 2262, por los ejercicios 2008 y 2009 inclusive y 1.112.301, matrícula SBG 9195 desde el 24 de setiembre de 2008 (fecha de su empadronamiento) y ejercicio 2009 inclusive y mientras la gestionante continúe siendo titular de los vehículos, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma total aproximada de $ 86.978,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares para su cumplimiento.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-