Resolución N° 774/10/2000
Nro de Expediente:
2230-039412-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
20/8/2010


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se exonera al Hogar Bancario de Ayuda al Joven, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 10.972, por los ejercicios 2006 y 2009 inclusive.

Montevideo, 20 de Agosto de 2010.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 33.444 del 1o. de julio de 2010, promulgado por Resolución No. 3302/10 del 26 de julio de 2010, por el cual de conformidad con la Resolución No. 5261/10 de 7 de diciembre de 2010, se faculta a este Ejecutivo para exonerar al Hogar Bancario de Ayuda al Joven, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 10.972, ubicados en la calle Gral. Luna No. 1260, por los ejercicios 2006 y 2009 inclusive, dejando de percibir anualmente la Intendencia la suma aproximada de $ 1.680,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3089/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar al Hogar Bancario de Ayuda al Joven, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 10.972, ubicados en la calle Gral. Luna No. 1260, por los ejercicios 2006 y 2009 inclusive, dejando de percibir anualmente la Intendencia la suma aproximada de $ 1.680,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-