Resolución N° 728/16/2000
Nro de Expediente:
2230-052642-15 2016-8961-98-000102
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/6/2016


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se exonera de multas y recargos a la deuda de Tasa General que grava al padrón No.134.416/2, cuenta corriente No. 2237520, ajustando la deuda por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC).-

Montevideo, 28 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: la gestión de los señores Eduardo y Geraldina Pezzani por la que solicitan se revea la deuda de la cuenta corriente No. 2237520, padrón No. 134.416/2 , de Tasa General por el período 1/1996 al 2/1997;
        RESULTANDO: 1o.) que los gestionantes expresan que el inmueble fue vendido con fecha 23/02/2010 al Sr. Daniel Devoto al cual la Administración le expidió certificado de gravámenes donde se informa que el inmueble no tiene deuda de Tasa General , asimismo hasta el año 2013 nunca fue notificado de dicha deuda en la factura de Contribución Inmobiliaria;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que el padrón No. 134.416/2 figura, entre otras, la cuenta corriente No. 2237520 de Tasa General asociada a la calle Hipólito Yrigoyen No. 1450/2, la cual es una cuenta cerrada, migrada del sistema Informático anterior, registrando adeudos por el período 1/01/1996 al 28/02/1997;
        3o.) que la División Administración de Ingresos informa que el certificado expedido libera al comprador de su solidaridad frente al adeudo por lo que corresponde la creación de una cuenta paralela para desvincular al padrón No. 134.416/002 de la deuda por el período 1/1996 al 2/1997 y dictar resolución por la cual se exonere de multas y recargos a la deuda actualizada por IPC;
        CONSIDERANDO: que corresponde aplicar lo establecido en el art. 12 del TOTID, reajustando la deuda por IPC;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar de multas y recargos a la deuda de Tasa General que grava al padrón No.134.416/2, cuenta corriente No. 2237520, ajustando la deuda por la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC).-
        2o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        3o.- Pase por su orden a los Servicios de Gestión de Contribuyentes e Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-