Resolución N° 4862/99/2000
Nro de Expediente:
2230-012879-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/11/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la Sra. Francesca Di Sano Mori del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 404.659/0002, por el período 19/11/98 a la fecha.

Montevideo, 25 de Noviembre de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Sra. Francesca Di Sano Mori, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria mantiene con esta Comuna, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 404.659/002, ubicado en Avda. Italia No. ;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que por la demora del trámite iniciado el 19/11/98 se vio impedida de abonar el impuesto de Contribución Inmobiliaria del período posterior al que abonó por convenio;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que efectivamente el trámite fue presentado el 19/11/98 y recién se corrigió la cuenta en fecha 9/11/99;
        CONSIDERANDO: que la División Administración Fiscal informa que la demora incurrida entre la fecha de la solicitud y su resolución no es imputable a la contribuyente, por lo que corresponde aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, por el período 19/11/98 a la fecha;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Sra. Francesca Di Sano Mori del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 404.659/0002, por el período 19/11/98 a la fecha.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde el 19/11/98 a la fecha.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-