Resolución N° 799/14/2000
Nro de Expediente:
2230-042999-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
21/8/2014


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Trouville, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del 65% y del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 134.968 y 141.483 respectivamente, por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma total aproximada de $ 98.408,00.

Montevideo, 21 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Trouville solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 134.968 y 141.483, ubicados en la calle Alejandro Chucarro Nos. 1031 y 1037 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que por concepto de Contribución Inmobiliaria y adicionales le corresponde un porcentaje de exoneración del 65% para el padrón No. 134.968 y del 100% para el padrón No. 141.483, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma total aproximada de $ 98.408,00;
        3o.) que respecto a la Tasa General, el mencionado Servicio exoneró a dicho Club por el ejercicio 2013, según Resolución Interna No. 0012/2014 de 16/06/201, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 26.949 de 14/12/1995;
        4o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Trouville, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del sesenta y cinco por ciento(65%) y del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 134.968 y 141.483 respectivamente, ubicados en la calle Alejandro Chucarro Nos. 1031 y 1037.-
        2o.- Dicha exención se concede por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma total aproximada de $ 98.408,00 (pesos uruguayos noventa y ocho mil cuatrocientos ocho).-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-