Resolución N° 533/00/2000
Nro de Expediente:
1001-013165-97
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/3/2000


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera al Centro Educativo de Retardo Mental "Uruguay", del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 422.344 y 436.640, matrículas Nos. 926.579 y 933.197, por el ejercicio 2000.

Montevideo, 28 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 28.999 de fecha 2 de marzo de 2000, promulgado por Resolución No. 936/00 de fecha 20 de marzo de 2000, por el cual de conformidad con la Resolución No. 380/00 de 31 de enero de 2000, se faculta a este Ejecutivo para exonerar al Centro Educativo de Retardo Mental "Uruguay", del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 422.344 y 436.640, matrículas Nos. 926.579 y 933.197, por el ejercicio 2000;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 de fecha 20 de febrero de 1995, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar al Centro Educativo de Retardo Mental "Uruguay", del pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 422.344 y 436.640, matrículas Nos. 926.579 y 933.197, por el ejercicio 2000.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-