Resolución N° 482/17/2000
Nro de Expediente:
2016-2230-98-004033
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/8/2017


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Centro Latinoamericano de Economía Humana (CLAEH) del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 67.872, por los ejercicios 2006 a 2019, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 62.214,00.

Montevideo, 28 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Centro Latinoamericano de Economía Humana (CLAEH) por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 8.632, ubicado en la calle Zelmar Michelini No. 1220;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal en anteriores oportunidades, siendo la última otorgada por Resolución No. 2986/01/2000;;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde al mencionado padrón un porcentaje de exoneración del 100%, del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales al amparo de lo establecido en el art. 69 de la Constitución de la República, por el período 2006 a 2019, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 62.214,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Centro Latinoamericano de Economía Humana (CLAEH) del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 67.872, al amparo de lo previsto en el art. 69 de la Constitución de la República, por los ejercicios 2006 a 2019, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 62.214,00 (pesos uruguayos sesenta y dos mil doscientos catorce).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Juan Voelker, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-