Resolución N° 76/17/2000
Nro de Expediente:
2016-2230-98-005857
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/1/2017


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Fundación Liceo Impulso del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 425.960, por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 205.113,00.-

Montevideo, 13 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Fundación Liceo Impulso por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 425.960, ubicado en la Avda. Gral. San Martín No. 4722;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, según resolución No.398/16 de 01/02/2016, por el ejercicio 2015;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69 de la Constitución de la República, por lo que corresponde acceder a la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales respecto al referido padrón por los ejercicios 2016 a 2020, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 205.113,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado en el informe precedente, por lo que corresponde el dictado de la resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Fundación Liceo Impulso al amparo del Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 425.960, por los ejercicios 2016 a 2020 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 205.113,00 (pesos uruguayos doscientos cinco mil ciento trece).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su notificación y demás efectos.-

Mag. Ec. Ana Gabriela Fachola, Directora General (I.) del Departamento de Recursos Financieros.-