Resolución N° 808/08/2000
Nro de Expediente:
2230-030460-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
9/4/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Atlético Olimpia, al amparo del Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 46.373, por los ejercicios 2005 y 2006.

Montevideo, 9 de Abril de 2008.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Atlético Olimpia, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 46.373, ubicado en Av. Gral. Eugenio Garzón No. 1923;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades siendo la última otorgada por Resolución No. 1628/04/2000 de 21/12/2004 por los ejercicios 2003 y 2004;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 96% por concepto de Contribución Inmobiliaria de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por los ejercicios 2005 y 2006;
        3o.) que respecto a la Tasa General Municipal el mencionado Servicio exoneró a dicho Club por los ejercicios 2005 a 2006 según Resolución N. 019/2007 de 17 de diciembre de 2007;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 1776/96 se aprobó la reglamentación del Art. 23 del Decreto Departamental No. 26.949 delegando en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la aprobación de las exoneraciones de pago de la Tasa General Municipal que se soliciten por primera vez por parte de las Instituciones


        Deportivas, estableciendo que para los ejercicios siguientes, el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá la exoneración ante la presentación de la
        solicitud junto a la declaración jurada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Atlético Olimpia, al amparo del Decreto No. 25.074 de 25/07/91, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 46.373, ubicado en Av. Gral. Eugenio Garzón No. 1923.-
        2o.- Dicha exención se concede por los ejercicios 2005 y 2006, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 6.385,00.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-