Resolución N° 539/09/2000
Nro de Expediente:
2230-013262-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/10/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al "Centro de Integración de Discapacitados" (CINDIS), del pago 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 9.195, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2008 y 2009.

Montevideo, 22 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el "Centro de Integración de Discapacitados" (CINDIS), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 9.195, ubicado en la calle Durazno No. 1369;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ya fue beneficiado con la franquicia fiscal por los ejercicios 2006 y 2007, según Resolución No. 26/08/2000 de 3 de enero de 2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que al mencionado padrón le corresponde una exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, pues el mismo cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69 de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2008, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 7.380,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Inmobiliarios comparte lo informado precedentemente;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución

        Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al "Centro de Integración de Discapacitados" (CINDIS), del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 9.195, ubicado en la calle Durazno No. 1369.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2008 y 2009, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.380,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-