Resolución N° 845/01/2000
Nro de Expediente:
2230-017420-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/7/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se exonera al Círculo de Promoción y Solidaridad, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 31.685, ubicado en la calle Enrique Muñoz No. 828, por el ejercicio 2000.

Montevideo, 5 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 29.444 del 17 de mayo de 2001, promulgado por Resolución No. 1932/01 del 4 de junio de 2001, por el cual de conformidad con la Resolución No. 4714/00 del 18 de diciembre de 2000, se faculta a este Ejecutivo para exonerar al Círculo de Promoción y Solidaridad, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 31.685, ubicado en la calle Enrique Muñoz No. 828, por el ejercicio 2000;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2585/00 de fecha 27 de julio de 2000, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar al Círculo de Promoción y Solidaridad, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 31.685, ubicado en la calle Enrique Muñoz No. 828, por el ejercicio 2000.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-