Resolución N° 5155/99/2000
Nro de Expediente:
2000-002089-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/12/1999


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerado al padrón No. 112.808/301, ubicado en Rbla. Mahatma Gandhi No. 485/301 del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de tributos Domiciliarios.

Montevideo, 22 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la no emisión de las facturas por tributos Domiciliarios del padrón No. 112.808/301, ubicado en Rbla. Mahatma Gandhi No. 485 apto. 301;
        RESULTANDO: que realizadas las investigaciones pertinentes se detectó un error de la Administración, por la no emisión de las facturas correspondientes a tributos Domiciliarios del padrón No. 112.808/301;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que es de aplicación el Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al padrón No. 112.808/301, ubicado en Rbla. Mahatma Gandhi No. 485/301 del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de tributos Domiciliarios.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-