Resolución N° 820/01/2000
Nro de Expediente:
2230-017455-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/7/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Sr. Héctor Walter Corallo Cancela, al amparo de lo dispuesto por el Art. 39o. de la Ley No. 15.939 y Art. 92o. de la Ley No. 16.002, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 42.370, por el ejercicio 2000.

Montevideo, 5 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: la gestión iniciada a obrados por el Sr. Héctor Walter Corallo Cancela, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 42.370, ubicado en 13a. Sección Judicial de Montevideo, zona rural, Paraje "Pajas Blancas".
        RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 100%, al amparo de lo establecido en el Art. 39o. de la Ley No. 15.939 de 29 de diciembre de 1987 y el Art. 92o. de la Ley No. 16.002 de 25 de noviembre de 1988, por el ejercicio 2000;
        CONSIDERANDO: que por resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000,, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del tributo de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Sr. Héctor Walter Corallo Cancela, al amparo de lo dispuesto por el Art. 39o. de la Ley No. 15.939 de 29 de diciembre de 1987 y por el Art. 92o. de la Ley No. 16.002 de 25 de noviembre de 1988, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 42.370, ubicado en la 13a. Sección Judicial del Departamento de Montevideo, zona rural, Paraje "Pajas Blancas".-
        2o.- Dicha exención se concede por el ejercicio 2000, debiendo el interesado iniciar anualmente nueva gestión si desea continuar percibiendo el beneficio que se le otorga por la presente Resolución.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-