Resolución N° 6/02/2000
Nro de Expediente:
2000-002065-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/1/2002


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada de multas y recargos a la deuda de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 9.086, propiedad del Hotel Klee, por el ejercicio 2001.

Montevideo, 2 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la deuda del impuesto de Contribución Inmobiliaria del inmueble padrón No. 9.086, propiedad del Hotel Klee;
        CONSIDERANDO: 1o.) que durante este año se han realizado gestiones para celebrar un convenio con las empresas hoteleras mediante el cual se compensarían deudas de tributos municipales con servicios de alojamiento, lo que provocó que algunos hoteles no abonaran durante este año la Contribución Inmobiliaria del ejercicio 2001 ni de períodos anteriores a la espera de la realización del mencionado convenio el cual no resultó viable por razones no imputables a estos contribuyentes;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros expresa, que en virtud de lo expuesto precedentemente, ha resuelto que la deuda del impuesto de Contribución Inmobiliaria del ejercicio 2001 sea exonerada de multas y recargos por mora pero actualizada de acuerdo a la evolución del Indice de Precios al Consumo al amparo de lo establecido en el Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada de multas y recargos a la deuda de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 9.086, propiedad del Hotel Klee, por el ejercicio 2001.-
        2o.- Disponer que la suma adeudada se reajustará por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-

        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-