Resolución N° 470/06/2000
Nro de Expediente:
2230-144568/05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/7/2006


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 2.873, 2.890, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.246. 4.247, 4.253, 4.254, 4.850, 12.565, 12.567, 16.431, 19.618, 24.867 y 24.872, por los ejercicios 2005 a 2009, inclusive.-

Montevideo, 11 de Julio de 2006.-
 
        VISTO: la gestión de la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 2.873, 2.890, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.246. 4.247, 4.253, 4.254, 4.850, 12.565, 12.567, 16.431, 19.618, 24.867 y 24.872;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por los ejercicios 2000 a 2004, inclusive, según Resolución No. 2652/01/2000 del 16 de noviembre de 2001;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones una exoneración del 100% según Resolución No. 5990/96;
        3o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en los Arts. 5o. y 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2005 a 2006, inclusive por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 1.055.352,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 2.873, 2.890, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.246. 4.247, 4.253, 4.254, 4.850, 12.565, 12.567, 16.431, 19.618, 24.867 y 24.872.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en los Arts. 5o. y 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2005 a 2006, inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 1.055.352,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-