Resolución N° 71/15/2000
Nro de Expediente:
2230-001791-14
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
19/1/2015


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil Concilio General de las Asambleas de Dios en el Uruguay del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 76.703 y 76.704 por los ejercicios 2014 a 2018 inclusive y padrón No. 144.967 por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, indicando que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 38.286,00.

Montevideo, 19 de Enero de 2015.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil Concilio General de las Asambleas de Dios en el Uruguay que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 76.703, 76.704 y 144.967, ubicados en las calles Guenoas No. 3315 y Cno. Repetto No. 3533;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido objeto de similar exención fiscal en anteriores oportunidades;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Art. 5 de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, que grava a los padrones Nos. 76.703 y 76.704 por los ejercicios 2014 a 2018 y padrón No. 144.967 por los ejercicios 2011 a 2015, indicando que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 38.286,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la señora Intendenta de Montevideo

        delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil Concilio General de las Asambleas de Dios en el Uruguay al amparo de lo previsto en el Art. 5 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 76.703 y 76.704 por los ejercicios 2014 a 2018 inclusive y padrón No. 144.967 por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, indicando que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 38.286,00 (pesos uruguayos treinta y ocho mil doscientos ochenta y seis).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-