Resolución N° 487/10/2000
Nro de Expediente:
8966-002546-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/6/2010


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada de multas y recargos a la deuda de tributos domiciliarios (cta. corriente 914788) por el período 01/09/1992 a 30/06/1995, a partir del 21/09/1995, actualizando la deuda por IPC al amparo del Decreto No. 27.803.

Montevideo, 25 de Junio de 2010.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Teresa Buroni, solicitando la revisión de la deuda por concepto de tributos domiciliarios (cta. corriente 914788) respecto del inmueble padrón No. 147.874/804, ubicado en la calle Amsterdam No. 1462/804;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que realizó convenio de pago por la referida deuda y considera haber pago en su totalidad el referido convenio, adjuntando copia del referido convenio y dos recibos de pago;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Contribuyentes informa que por el convenio realizado el 21/09/1995 por el período 09/1992 a 06/1995, se abonaron 11 cuotas, restando la última cuota para congelar el período convenido. Dicho convenio fue anulado, y los pagos efectuados se restaron al total adeudado;
        3o.) que la División Administración de Ingresos Municipales expresa que analizada la situación se concluye que efectivamente, le faltó abonar la última cuota, no obstante, se advierte que el convenio de pago fue anulado por incumplimiento 11 años después (el 26/11/2007) sin que hubiese mediado intervención de la Intendencia para procurar el cobro durante ese lapso, con el consecuente perjuicio para el contribuyente por las multas y recargos devengados durante ese lapso;
        4o.) que por lo expuesto si la Superioridad así lo considera, podría exonerarse de multas y recargos a la deuda por el período 01/09/1992 a 30/06/1995, a partir del 21/09/1995, fecha en que se suscribió el convenio de pago, actualizando la deuda por IPC al amparo del Decreto No. 27.803;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provée de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada de multas y recargos a la deuda de tributos domiciliarios (cta. corriente 914788) por el período 01/09/1992 a 30/06/1995, a partir del 21/09/1995, actualizando la deuda por IPC al amparo del Decreto No. 27.803.-
        2o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        3o.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-