Resolución N° 540/99/2000
Nro de Expediente:
274669
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
1/3/1999


Tema:
EXONERACIONES

Resumen:
Se declara exonerado al Sr. Raúl Galli del pago de multas y recargos según Art. 25 del Decreto 27803 respecto del padrón NO. 147.212/002

Montevideo, 1 de Marzo de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Sr. Raúl José Galli Negreira, solicitando la anulación de la deuda retroactiva del padrón No. 147.212/002, atendiendo a lo expresado por el Certificado expedido y el cobro realizado por esta Intendencia;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que por motivo de compraventa se solicitó el certificado de Registro de Gravámenes Municipales del cual surgió una única deuda por tributos abonándose la misma con sus recargos e intereses e inclusive honorarios y demás gastos realizando el pago el día 11 de julio de 1995, notificándosele a posteriori una nueva deuda por el período junio 1988 a enero de 1996;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que el certificado expedido señaló existencia de deuda en los tributos domiciliarios independientemente de que se mencionara una sola clave en el renglón superior al detalle de las tasas domiciliarias, por otra parte el interesado se presentó a pagar todas las deudas existentes por dicho padrón e inclusive se llevó el escrito de levantamiento de embargo, lo cual prueba error del funcionario actuante en cuanto al pago del total adeudado, por lo que se sugiere autorizarse el cobro según el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, desde el pago de los otros tributos hasta el pago efectivo de la deuda por Alcantarillado;
        CONSIDERANDO: que la División Administración Fiscal comparte el informe precedente correspondiendo aplicar al padrón No. 147.212/002 por concepto de Tasa por Conservación de la Red de Saneamiento (Alcantarillado) el régimen general de multas y recargos por mora

        hasta junio de 1995 y desde julio de 1995 a la fecha de la presente resolución el régimen del Art. 25o. del Decreto No. 27.803;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar al Sr. Raúl José Galli Negreira multas y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa por Conservación de la Red de Saneamiento (Alcantarillado) respecto del inmueble padrón No. 147.212/002 ubicado en la calle E. López No. 4877/002 hasta junio de 1995.-
        2o.- Declarar exonerado al mencionado del pago de la multa y recargos de la mencionada deuda a partir de julio de 1995 hasta la fecha de aprobación de la presente resolución de acuerdo al Art. 25o. del Decreto No. 27.803.-
        3o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC).-
        4o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        5o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-