Resolución N° 764/00/2000
Nro de Expediente:
2230-013322-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/4/2000


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se declara exonerado al señor Juan Donadio Tomassini, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 409.625/001/A, ubicado en Bulevar José Batlle y Ordóñez No. 1511, desde febrero de 1993 y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-

Montevideo, 25 de Abril de 2000.-
 
        VISTO: la gestión del señor Juan Donadio Tomassini, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por concepto de Contribución Inmobiliaria mantiene con esta Comuna, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 409.625/001/A, ubicado en Bulevar José Batlle y Ordóñez No. 1511;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que al pretender vender el inmueble de que se trata, pidió información al Registro de Gravámenes de la Intendencia, donde se le expidió certificado de que no había deuda alguna. Que actualmente le aparece una deuda por Contribución Inmobiliaria desde febrero de 1993, de la cual nunca fue notificado;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que la Administración no actuó con la celeridad deseable en comunicar la deuda, lo que hace posible la aplicación del Art. 25o. del Decreto No. 27.803 para el cálculo de los recargos;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal informa que procede aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a la deuda de Contribución Inmobiliaria del padrón No. 409.625/001/A, desde el inicio de la deuda a la fecha;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al señor Juan Donadio Tomassini, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 409.625/001/A, ubicado en Bulevar José Batlle y Ordóñez No. 1511, desde febrero de 1993 y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Inmobiliarios y al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-