Resolución N° 763/00/2000
Nro de Expediente:
9906-000964-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/4/2000


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se declara exonerado al señor Walter Alfredo González Silva, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 74.450, ubicado en la calle Irureta Goyena No. 3192.-

Montevideo, 25 de Abril de 2000.-
 
        VISTO: la solicitud del señor Walter Alfredo González Silva tendiente al estudio de la deuda que por concepto de Tasa General Municipal mantiene con esta Comuna respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 74.450, ubicado en la calle Irureta Goyena No. 3192;
        RESULTANDO: 1o.) que el señor González Silva expresa que se emiten impuestos por 3 viviendas siendo que corresponde por 2 de acuerdo al siguiente detalle: Irureta Goyena 3192 al lado de 3194; Irureta Goyena 3192 fondo e Irureta Goyena 3192;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que de los reclamos y de las consideraciones surge que se padeció error en la anulación de facturas (Irureta Goyena 3192 al lado 3194), dejando pendientes las que no corresponden, a la vez que presentan mayor atraso que las que si corresponden;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal considera que es de aplicación el artículo 25 del Decreto 27.803 a la deuda del inmueble padrón No. 74.450 por concepto de Tasa General Municipal, aplicando el Indice de Precios al Consumo, a partir del 29 de setiembre de 1998;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte el informe precedente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al señor Walter Alfredo González Silva, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 74.450, ubicado en la calle Irureta Goyena No. 3192.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), a partir del 29 de setiembre de 1998 y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Inmobiliarios y al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-