Resolución N° 608/10/2000
Nro de Expediente:
1001-011174-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/7/2010


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Alemán de Remo, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles padrones No. 33.312 en el porcentaje del 58%, por los ejercicios 2005 a 2008 inclusive y No. 43.123 en el porcentaje del 100%, por los ejercicios 2003 a 2008 inclusive, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991.

Montevideo, 5 de Julio de 2010.-
 
        VISTO: la gestión del Club Alemán de Remo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 33.312 y 43.123;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anterior oportunidad;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde otorgar la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles padrones No. 33.312 en el porcentaje del 58%, por los ejercicios 2005 a 2008 inclusive y No. 43.123 en el porcentaje del 100%, por los ejercicios 2003 a 2008 inclusive, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por lo que la Comuna dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 26.382,00;
        3o.) que respecto a la Tasa General Municipal el mencionado Servicio exoneró a dicho Club por los ejercicios 2005 a 2008 inclusive, según Resolución No. 0006/2010 de 20 de abril de 2010;
        4o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Alemán de Remo, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles padrones No. 33.312 en el porcentaje del 58% (cincuenta y ocho por ciento), por los ejercicios 2005 a 2008 inclusive y No. 43.123 en el porcentaje del 100% (cien por ciento), por los ejercicios 2003 a 2008 inclusive, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/7/1991, por lo que la Comuna dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 26.382,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-