Resolución N° 507/01/2000
Nro de Expediente:
2000-000576-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
25/5/2001


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25 del Decreto No. 27.803 a la deuda de Tasa de Mantenimiento que grava al sepulcro No. 961 del Cementerio del Buceo, del cual es co-heredera la señora Irma Carolina Alberico Riccardi.-

Montevideo, 25 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el señor Jorge W. Novas en representación de la señora Irma Carolina Alberico Riccardi, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa de Mantenimiento respecto del sepulcro No. 961 del Cementerio del Buceo, del cual es co-heredera;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que la señora Alberico Riccardi se encuentra internada en la Sociedad Española, en estado terminal, viuda sin familiares directos, con un único ingreso de $ 2.236,00 y por razones de la edad, no abona el tributo de referencia desde el año 1991 generando el mismo multa y recargos;
        2o.) que el Servicio Fúnebre y Necrópolis expresa que hasta el año 1992 se procedía en caso de inhumación al cobro de la Tasa de Mantenimiento en forma manual y al pasarse al sistema mecanizado los titulares de locales funerarios tienen plazo para pagar que vencen en el mes de junio. El usuario se entera de la deuda si viene a realizar alguna gestión para el local;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros entiende que no debe desconocerse una evidente demora en la gestión de los créditos por parte de la Intendencia Municipal, demora que provoca perjuicios en el contribuyente ya que los recargos son mayores que el IPC. Por lo expuesto, podría ser de aplicación el Art. 25 del Decreto 27.803, que permite liquidar la deuda sin multa y recargos y actualizarla por la variación del IPC;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte el informe precedente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar el Art. 25 del Decreto No. 27.803 a la deuda de Tasa de Mantenimiento que grava al sepulcro No. 961 del Cementerio del Buceo, del cual es co-heredera la señora Irma Carolina Alberico Riccardi.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde el inicio de la deuda y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase a los Servicios de Ingresos Comerciales y Fúnebre y Necrópolis.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-