Resolución N° 698/06/2000
Nro de Expediente:
8966-000434-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/9/2006


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la señora Hilda Violeta Biassini, del pago de multa y recargos emergentes de la deuda de Tasa de Alcantarillado, por el período 12/1993 - 12/1995, que grava al inmueble padrón No. 52..280, solar 24, ubicado en la calle Gambetta Nos.1124 y 1126, al amparo de lo establecido en el Art. 25 del Decreto No. 27.803, ajustando la deuda por IPC.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2006.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la señora Hilda Violeta Biassini, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa de Alcantarillado, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 52.280, solar 24, ubicado en la calle Gambetta Nos. 1124 y 1126, por el período 12/1993 - 12/1995;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que dicha deuda nunca le fue notificada, a pesar de haber efectuado varios convenios de pago;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Contribuyentes informa que se trata de una Tasa de Alcantarillado trunca al 12/2005 que no se factura, por la cual no se avisó, procediendo aplicar el Art. 25 del Decreto No. 27.803 a la Cuenta Corriente No. 2238881;
        3o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios entiende que corresponde eliminar multa y recargos a la deuda de referencia y ajustar la misma por IPC;
        CONSIDERANDO: que la Dirección de la División Administración Fiscal, de acuerdo a los informes precedentes, estima conveniente exonerar de multa y recargos y la aplicación del Art. 25 del Decreto No. 27.803 a la deuda generada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la señora Hilda Violeta Biassini, del pago de multa y recargos emergentes de la deuda de Tasa de Alcantarillado, por el período 12/1993 - 12/1995, que grava al inmueble padrón No. 52..280, solar 24, ubicado en la calle Gambetta Nos.1124 y 1126, al amparo de lo establecido en el Art. 25 del Decreto No. 27.803, ajustando la deuda por IPC.-
        2o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-