Resolución N° 663/15/2000
Nro de Expediente:
2240-001995-14
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
4/6/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica a la firma ESSO STANDARD OIL CO. URUGUAY S.A., RUT 210086450018, con domicilio en la calle Antonio Costa No. 3555, una multa de U.R. 50 por la promoción y sorteos realizados sin la correspondiente autorización de esta Intendencia.

Montevideo, 4 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: que la firma ESSO STANDARD OIL CO. URUGUAY S.A., RUT 210086450018, con domicilio en la calle Antonio Costa No. 3555, promocionó sorteos comerciales con el nombre "EL COMBUSTIBLE DE TU PASION";
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales informa que se intimó a la firma de que se trata a regularizar dichos sorteos ante esta Intendencia, por lo cual se presentó y abonó la tasa de autorización correspondiente. A pesar que la firma abonó dicha tasa se le debe aplicar una sanción de 50 U.R., tal como surge de la normativa vigente por haber realizado sorteos sin la debida autorización previa;
        2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3092/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo, delegó la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55 respectivamente;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar a la firma ESSO STANDARD OIL CO. URUGUAY S.A., RUT 210086450018, con domicilio en la calle Antonio Costa No. 3555, una multa de U.R. 50 (unidades reajustables cincuenta) por la promoción y sorteos realizados sin la correspondiente autorización de esta Intendencia.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales para notificación a la interesada y demás efectos.-

MARIA EUGENIA ROLLA, Directora General del Departamento de Recursos Financieros.-