Resolución N° 549/12/2000
Nro de Expediente:
2230-022844-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/5/2012


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Hijos del Inmaculado Corazón de María, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 160.520, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 353.229,00.

Montevideo, 24 de Mayo de 2012.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Hijos del Inmaculado Corazón de María, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 160.520, ubicado en la calle Brito del Pino No. 1344;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, por los ejercicios 2009 y 2010, según Resolución No. 49/10/2000 de 27 de enero de 2010;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar al referido inmueble la exención del 100% del referido impuesto y sus adicionales, por el período 2011 a 2015 inclusive, dejando de percibir la Intendencia la suma anual aproximada de $ 353.229,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de


        conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Hijos del Inmaculado Corazón de María, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 160.520, ubicado en la calle Brito del Pino No. 1344, por el período 2011 a 2015 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 353.229,00 (pesos uruguayos trescientos cincuenta y tres mil doscientos veintinueve).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-