Resolución N° 807/07/2000
Nro de Expediente:
2230-105621-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/3/2007


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declarar exonerado al Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 46.575. 46.569, 46.573, 46.574, 46.592, 165.710, 48.469, 161.260, 1.495 y 1.498, por los ejercicios 1996 a 1998 inclusive y padrón No. 110.832 por el período 1998 a 2004 inclusive.

Montevideo, 27 de Marzo de 2007.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 46.575. 46.569, 46.573 46.574, 110.832, 46.592, 165.710, 48.469, 161.260, 1.495 y 1.498;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 1060/06/2000 de 21 de noviembre de 2006 se exoneró a dicha Institución del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria por el ejercicio 2005, quedando pendientes de exoneración los ejercicios 1996 a 1998 y 1996 a 2004 para el padrón No. 100.832, por omisión del gestionante;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exoneración solicitada por los ejercicios que se detallan a obrados, dejando de percibir la Comuna la suma anual aproximada de $ 389.175,00;
        3o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal entiende procedente acceder a lo solicitado;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 del 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 46.575. 46.569, 46.573, 46.574, 46.592, 165.710, 48.469, 161.260, 1.495 y 1.498, por los ejercicios 1996 a 1998 inclusive y padrón No. 110.832 por el período 1998 a 2004 inclusive.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma total aproximada de $ 389.175,00.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-