Resolución N° 458/06/2000
Nro de Expediente:
2230-122742-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/7/2006


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil Sociedad Uruguaya de Enseñanza José Pedro Varela, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 735, 738, 739, 740, 741, 742, 6.645 y 6.646, por el período 2005 a 2006 inclusive.

Montevideo, 11 de Julio de 2006.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil Sociedad Uruguaya de Enseñanza José Pedro Varela, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 735, 738, 739, 740, 741, 742, 6.645 y 6.646, ubicados en Mercedes No. 1634, Minas No. 1529, Colonia Nos. 1645/1637/1631/1619 y Canelones Nos. 1032/1038 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse el 100% de exoneración al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2005 a 2009 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 329.262,00 ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal informa que corresponde exonerar al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República a los inmuebles propiedad del Colegio Nacional José Pedro Varela;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil Sociedad Uruguaya de Enseñanza José Pedro Varela, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 735, 738, 739, 740, 741, 742, 6.645 y 6.646, ubicados en Mercedes No. 1634, Minas No. 1529, Colonia Nos. 1645/1637/1631/1619 y Canelones Nos. 1032/1038 respectivamente.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2005 a 2006 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 329.262,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-