Resolución N° 530/09/2000
Nro de Expediente:
2230-109730-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/10/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la MISIÓN EVANGÉLICA EUROPEA Y MUNDIAL, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 67.872, por el período 2008 a 2009 inclusive.

Montevideo, 13 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la MISIÓN EVANGÉLICA EUROPEA Y MUNDIAL, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 67.872, ubicado en Bvar. Batlle y Ordóñez No. 2540;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal, por el período 2006 a 2007 inclusive, según Resolución No. 1796/07/2000 de 27/09/2007;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde al mencionado padrón un porcentaje de exoneración del 100%, al amparo de lo establecido en los Arts. 5o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2008, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 22.617,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        2o.) que corresponde otorgar la exoneración solicitada por los ejercicios 2008 y 2009 inclusive;
        3o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la MISIÓN EVANGÉLICA EUROPEA Y MUNDIAL, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 67.872, ubicados en Bvar. Batlle y Ordóñez No. 2540.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2008 a 2009 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 22.617,00.-
        3o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia Municipal.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-