Resolución N° 818/01/2000
Nro de Expediente:
2230-020175-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/7/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Atlético 25 de Agosto, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074, del pago del 100% para los padrones Nos. 27.952 y 27.956 y del 97% para el padrón No. 27.953, del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad, por el ejercicio 2001.

Montevideo, 5 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Atlético 25 de Agosto, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 27.952, 27.956 y 27.953, ubicados en la calle Dr. José Luis Bado No. 3172 y No. 3186;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que a los padrones Nos. 27.952 y 27.956 les corresponde un porcentaje de exoneración por concepto de Contribución Inmobiliaria del 100% y del 97% para el padrón No. 27.953, por el ejercicio 2001;
        2o.) que la institución gestionante se encuentra amparada dentro de las exoneraciones previstas en el Decreto No. 25.074 de 25/4/91 respecto de la Contribución Inmobiliaria, y dentro de la correspondiente a tributos municipales prevista en el Dto. 26.949 de 14/12/95, por lo que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        CONSIDERANDO: que respecto de la Tasa General Municipal, la reglamentación de la Res. No. 1774/96 del 29 de abril de 1996 expresa que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá las exoneraciones siguientes a la otorgada por primera vez por la Dirección General del Departamento, ante la presentación de la solicitud junto a la declaración jurada prevista;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Atlético 25 de Agosto, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074 de 25 de julio de 1991, del pago del cien por ciento (100%) para los padrones Nos. 27.952 y 27.956 y del noventa y siete por ciento (97%) para el padrón No. 27.953, del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a dichos inmuebles, ubicados en la calle Dr. José Luis Bado No. 3172 y 3186, por el ejercicio 2001.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-